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La Orden no debería acoger a aquellos que tienen una doctrina contraria a la suya.

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<< [Las] cuestiones no se proponen a los candidatos para iniciar con ellos controversia alguna sobre los términos que en ellas se ofrecen a su reflexión, sino para obtener por su propia declaración un testimonio cierto de sus creencias o de su forma de pensar sobre los puntos que constituyen, no dudo en decíroslo, la base esencial de la francmasonería.

  • La Orden, no pudiendo acoger a aquellos individuos que sustentan una doctrina opuesta a la que constituye su regla fundamental, ha debido, respecto a los que desean ser admitidos en ella, establecer unos criterios ciertos para conocer sus verdaderos sentimientos y su conformidad con sus leyes, al objeto de alejar de sus asambleas todo pretexto de disputa o de opiniones contrarias y tendentes a destruir la caridad, la fraternidad y la unión que esencialmente deben reinar en ellas.

Es desde este punto de vista [...] y no por dudas o indiferencia hacia las verdades sublimes profesadas en la Orden, que las discusiones religiosas, morales y políticas, están severamente prohibidas entre los Hermanos, y por esta misma razón, se les exhorta a que no teman proclamar abiertamente las verdades de la religión ante los profanos que las rechazan, debiendo esforzarse todos en aproximarse al santuario de la verdad a fin de formar allí con sus Hermanos la unión más íntima y pura que pueda darse entre los hombres >>

(Jean-Baptiste Willermoz, Ritual del 1er Grado de Aprendiz, Régimen Escocés Rectificado, 1802).

Esto no es una traducción oficial. Fuente: https://peritutvivat.wordpress.com/2012/11/18/lordre-ne-doit-point-accueillir-ceux-qui-ont-une-doctrine-contraire-a-la-sienne/


Régimen Escocés Rectificado. Masonería Cristiana. Convento de las Galias de 1778 y de Wilhelmsbad de 1782.

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